“...De lo anterior se concluye que la casacionista no presenta una tesis clara y concreta en sus argumentaciones y pretende que esta Cámara verifique el valor probatorio que le fue conferido a algunos medios de prueba aportados por la parte contraria en el proceso de mérito, análisis que no es factible realizar, en virtud que al interponer el recurso de casación se invocó el submotivo de error de hecho en la apreciación de las pruebas; sin embargo, este prescinde por completo del análisis con respecto a la valoración de los medios probatorios, pues si la pretensión de la casacionista era la realización de un examen sobre aspectos valorativos, la misma debió invocar el submotivo idóneo para viabilizar el análisis de su pretensión, por lo que al haberse equivocado en la selección del mismo, este Tribunal de Casación se encuentra imposibilitado de entrar a analizar el fondo del submotivo invocado por las deficiencias técnicas indicadas, razón por la cual debe desestimarse...”